jueves, 2 de octubre de 2014

Embrión, feto, persona y ciencia


La reciente reforma del Código Civil establece que la vida humana comienza desde la concepción y por tanto se lo considera persona. Aunque ambos términos en realidad son diferentes.

El cigoto, el embrión y el feto si son seres vivos. Decir que hay vida desde la concepción es una verdad de perogrullo, puesto que se trata de células vivas dentro de un organismo vivo. En ese sentido no hay ninguna duda.

Pero no por ser seres vivos son personas. Si vamos a ser específicos cada espermatozoide y cada óvulo son seres vivos también y nadie se atrevería a decir que son personas.

Y tampoco lo son los cigotos ni los embriones ni los fetos. No son individuos separados de su matriz, es decir, de su madre. No tienen posibilidad de sobrevivir ni de desarrollarse independientemente. Y aún si se reconociese como personas lo cierto es que tampoco lo serían para nuestro sistema actual, ya que no tienen DNI.

Entonces el debate es ¿cuándo se es persona? ¿puede decir algo al respecto la ciencia? La respuesta es NO. La categorización como "persona" o "sujeto" del cigoto, embrión o feto no dependen de la ciencia, sino de la ética, la filosofía y la ley.

Esta es la confusión (¿confusión?) de los pro-vida: Persona no es lo mismo que ser vivo.

La pregunta entonces es ¿desde que punto entonces se puede hablar de personalidad? ¿en qué momento el "niño por nacer" puede ser considerado niño? Debe aclararse que en este tema no hay consenso unánime. Sin embargo desde este blog optamos por esta visión que es la que consideramos más racional.

Hoy en día la ciencia considera que la muerte definitiva es la muerte cerebral. Ésto es, el momento en que el cerebro cesa en sus funciones de forma completamente irreversibles. Aún los más acérrimos "pro-vida" enemigos mortales de la eutanasia consideran que en casos de muerte cerebral ya no hay nada más que hacer y se debe terminar con el sostén artificial.

Ergo, si se considera que el fin de la actividad cerebral es el fin de la existencia lo más lógico sería considerarlo a la inversa. Que el comienzo de la actividad cerebral sea también el comienzo de la existencia.

Las primeras ondas cerebrales en el tronco tiene lugar entre la semana 6 y 8 de gestación. Pero no es hasta las semanas 22-24 donde esas actividades aparecen en la corteza superior, por lo que ya se puede hablar de un sistema nervioso central desarrollado.

Igualmente ¿puede tratarse de una persona? En lo personal opino que no. Pero tampoco puede tratarse como un simple manojo de células. No es una persona que pueda vivir independientemente, pero tampoco es como un cigoto o un embrión. Los abortos en este caso son muy riesgosos y excepcionales.

Desde el sexto mes los fetos no deben ser considerados niños, pero si deben ser considerados con cierto derecho especial, ya que son personas en potencial. A diferencia de los cigotos o embriones que pueden terminar siendo inútiles o los fetos de pocas semanas que no tienen ninguna capacidad de supervivencia, a partir de la semana 24 la capacidad de sobrevivir es cada vez más alta conforme avanza el embarazo.

Entonces desde este blog la propuesta es:
_Desde la fecundación hasta la semana 24 se está ante un cigoto/embrión/feto que debe ser considerado parte de la mujer.
_De la semana 24 hasta el nacimiento no se puede hablar de persona, pero tampoco de las categorías anteriores. Son individuos en potencia que deben tener cierta protección especial, sin dejar de tener en cuenta la situación de la madre (ante, por ejemplo, la necesidad de realizar un aborto por problemas de salud).

Resumiendo, hasta el nacimiento no existe persona alguna (entendida como un sujeto diferente de todos los demás y con derechos civiles). Pero en los últimos meses debe tener cierta protección y consideración especial. Debe estar dentro de una nueva categoría.

Con respecto al debate sobre el aborto, habiendo establecido todo lo anterior, la pregunta es ¿hasta que punto se debe permitir? Mi posición particular: Irrestricto hasta la semana 12 o 14 (por ser cuando supone menos riesgos para la mujer y sus métodos son menos agresivos). Desde ese punto en adelante cualquier aborto debe producirse ante situaciones de riesgo (tanto de la mujer como del feto) y con debida autorización médica. Y desde la semana 24 ante este tipo de situaciones excepcionales se debe procurar la supervivencia del niño.

Lo fundamental en estos casos: Proteger la vida de la mujer y no considerarla una fábrica de niños.


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